El Congreso del Estado aprobó reformas al Código Penal de Sonora para sancionar a quienes por cualquier medio filtren, distribuyan o compartan imágenes amarillistas e indolentes de personas fallecidas.

El pleno legislativo aprobó por unanimidad modificar el ordenamiento legal con lo que Sonora da un paso más en el objetivo de proteger los derechos de las víctimas y combatir la violencia de género mediática.

En concordancia con lo que establece la Ley “Ingrid”, aprobada el 24 de marzo pasado por la Cámara de Diputados, la pena mínima de prisión por dicho delito será de cuatro años y la máxima de diez.

Asimismo, se impondrá una multa que irá de nueve mil 600 a 14 mil 400 pesos, expone el dictamen aprobado por la asamblea.

Señala que “si su pretensión es endurecer la protección de los derechos de las víctimas y combatir la violencia de género mediática, estimamos que Sonora no puede quedarse al margen, como no lo están haciendo otros estados en el país y han impulsado iniciativas como la que ahora motivamos”.

Sobre todo, agrega, si la Ley General de Víctimas y la Ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia establecen que las mujeres víctimas de cualquier tipo de violencia tienen derecho a que se les garantice seguridad, protección, bienestar físico y psicológico.

En la parte expositiva de la iniciativa se hace referencia a la llamada Ley “Ingrid”, la cual surge a raíz de la difusión indebida en redes sociales y medios de comunicación, de las imágenes del cuerpo mutilado de una mujer a manos de su pareja.

Ese feminicidio ocurrió en la Ciudad de México el 9 de febrero 2020 y la divulgación masiva que indignó a la sociedad y exigió que pararan las filtraciones del expediente de la Fiscalía.