Con la aprobación y publicación de la ‘Nueva Reforma Fiscal‘ en el Diario Oficial de la Federación, en 2020 se vivirán diez cambios fiscales importantes.

Arrendamiento

A partir del presente año, los arrendadores tendrán que emitir facturas a sus inquilinos.

También se establecerán juicios de arrendamiento cuando se obligue al arrendatario a pagar rentas vencidas, pues no se autorizarán pagos vencidos si el arrendador no acredita haber expedido las facturas respectivas.

ISR a ventas por catálogo

Con la intención de facilitar el cobro del Impuesto Sobre la Renta (ISR), las empresas mayoristas retendrán el impuesto del vendedor particular en las ventas por catálogo.

La retención se hará sobre la ganancia, no sin antes la valoración del precio de venta al minorista y el sugerido en los catálogos.

ISR en el sistema financiero

Se elevará de 1.04 a 1.45 por ciento el ISR en las inversiones dentro del sistema financiero sobre el capital. Esto, porque el rendimiento neto de los instrumentos financieros se ha incrementado.

Plataformas digitales

Todas las plataformas digitales pagarán un ISR, dependiendo el rubro bajo el que operen.

Los servicios de transporte y reparto por aplicación (Uber, Didi, Cabify, Rappi, etc) pagarán una retención mensual de entre el 2 y 8 por ciento.

A los servicio de hospedaje como Airbnb se les cobrará del 2 al 10 por ciento.

Los de enajenación de bienes y prestación de servicios pagarán entre el 3 y el 17 por ciento.

Las plataformas de streaming (Netflix), de almacenamiento de datos, intermediación entre terceros y de publicidad que operen desde el extranjero, tendrán un Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 16 por ciento.

Outsourcing

Las personas físicas o morales que reciban servicios de outsourcing o subcontratación laboral, deberán apegarse a la retención del IVA y a la deducción de las erogaciones.

Estrategias fiscales

A partir de este 2020, los asesores fiscales tendrán que reportar sus estrategias contables al SAT, pues de lo contrario podrían hacerse acreedores a multas de un millón de pesos.

El fisco tendrá 8 meses para determinar si un esquema es válido o no.

Deudas empresariales

Como medida para contrarrestar que grandes empresas adquieran préstamos muy altos (mayor a los 20 mdp), se limitará la deducción de intereses derivados de deudas hasta en 30 por ciento.

Quiebras de empresas

Cuando una empresa enfrente un proceso de liquidación, los administradores, socios o accionistas serán responsables solidarios, con lo que las autoridades podrán cobrarles los adeudos fiscales de la compañía.

Bebidas saborizadas

Se incrementó el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a las bebidas saborizadas, a 1.2705 peesos por litro.

La intención es desincentivar el consumo de dichos productos y aminorar los efectos negativos a la salud.

Fiscalización

Los requisitos para la obtención de la firma electrónica o ‘e-firma’ serán más estrictos, además de que se ampliarán las causales de cancelación de certificados de sellos digitales.