Ciudad de México.- Con el objetivo de combatir la evasión y la elusión fiscal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), publicó la lista negra de más de ocho mil contribuyentes, que comprende tanto empresas como personas físicas.

La lista negra del SAT, que entró en vigor en el 2014, se sustenta en el artículo 69-B del CFF, el cual precisa que cuando el fisco detecte que un contribuyente emite comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan dichos comprobantes, o bien, que los causantes no se encuentren localizados, se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes.

Una vez que el SAT identifica al contribuyente con estas características, debe notificarle que se encuentra en dicha situación a través del Buzón Tributario y mediante el Diario Oficial de la Federación (DOF), con el objetivo de que el pagador de impuestos pueda aportar documentación e información para desvirtuar los hechos en un plazo de 15 días a partir de la última notificación.

Si transcurrido el plazo concedido los contribuyentes no aportan las pruebas, la documentación e información respectiva, o bien, una vez admitidas y valoradas no se desvirtúan los hechos, se les considerará como personas fiscales que definitivamente emitieron facturas apócrifas y serán publicados en el DOF, para que la sociedad conozca quiénes son aquellos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.

De esta manera, la autoridad fiscal ha detectado hasta la fecha a un total de cinco mil 477 contribuyentes que, definitivamente, simulan operaciones, los cuales representan 64.6% del listado publicado, mientras siguen en la mira SAT dos mil 878 pagadores de impuestos que aún no han desvirtuado las acusaciones contra ellos, mientras que 122 contribuyentes han logrado aclarar su situación fiscal y desvirtuar los hechos.

Los delitos de defraudación fiscal, como lo son la simulación de operaciones, son sancionados de tres meses a nueve años de prisión dependiendo del monto defraudado, mientras que la adquisición de comprobantes fiscales falsos se sanciona de tres meses a seis años de prisión, explicó Mario Morales, vicepresidente fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

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