El Gobierno de México expresó su “grave preocupación” por la resolución preliminar del Departamento de Comercio de Estados Unidos (DOC, por sus siglas en inglés), que determinó que productores mexicanos incurrieron en prácticas de ‘dumping’ en las exportaciones de fresa durante la temporada invernal.

La Secretaría de Economía informó que el DOC estimó preliminarmente márgenes de ‘dumping’ de entre 3.37% y 5.28%, dependiendo de la empresa, mientras que para la mayoría de los exportadores mexicanos la magnitud promedio estimada es de 4.83%.

El ‘dumping’ es una práctica comercial que consiste en exportar un producto a un precio inferior a su valor normal. La dependencia señaló que la resolución estadounidense realiza una aplicación que considera arbitraria de dos conceptos que, a su juicio, alteran la naturaleza de la investigación antidumping: la diferenciación entre las llamadas “fresas de invierno” y las fresas en general, así como la existencia de un supuesto mercado regional en algunos estados del este de Estados Unidos, en lugar de considerar el mercado estadounidense en su conjunto.

El caso comenzó el 31 de diciembre de 2025, cuando productores de Florida presentaron ante el DOC y la Comisión de Comercio Internacional de EE.UU. (ITC, por sus siglas en inglés) una solicitud para imponer derechos antidumping a las exportaciones de fresa mexicana.

De acuerdo con la Secretaría de Economía, la particularidad de la petición radicó en que buscó diferenciar las fresas de invierno del conjunto de las fresas y considerar únicamente algunos estados del este de EE.UU. como un mercado distinto al resto del país.

En marzo de 2026, la ITC emitió un reporte preliminar en el que concluyó que no había bases para considerar que el producto denominado “fresas de invierno” fuera diferente de las fresas en general. También determinó que no existían elementos para reconocer un mercado regional de ese producto en Estados Unidos, por lo que estableció que existe un mercado nacional.

Pese a esas conclusiones preliminares de la ITC, el Departamento de Comercio sostiene ambos conceptos en su resolución preliminar de la investigación, señaló la Secretaría de Economía.

El Gobierno mexicano advirtió que el fallo del DOC podría convertirse en un antecedentepara que otros productores estadounidenses promuevan procedimientos similares contra exportaciones hortofrutícolas mexicanas.

La resolución también tendría un impacto sobre miles de productores y trabajadores del sector. En México, casi 5 mil productores cultivan fresa y 97% de ellos cuentan con superficies de hasta 10 hectáreas. La cadena productiva genera aproximadamente 151 mil empleos entre trabajadores permanentes y temporales.

Durante 2025, México exportó a EE.UU. 263 mil toneladas de fresa, con un valor de mil millones de dólares.

La Secretaría de Economía indicó que el Gobierno de México trabajará en coordinación con los productores y exportadores de fresa mexicana y dará seguimiento a las siguientes etapas del procedimiento, hasta que la ITC emita la resolución final del caso, prevista para principios de 2027.

La dependencia también sostuvo que los supuestos en los que se basa la resolución preliminar del Departamento de Comercio no son consistentes con el “Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994” de la Organización Mundial del Comercio (OMC), conocido como “Acuerdo Antidumping”.

Asimismo, afirmó que dichos supuestos son incompatibles con diversos artículos del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

 

Fuente: Aristegui Noticias