Para cumplir con su deber de prevención y evitar que se vulneren derechos, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) estará presente a partir de este jueves 11 de agosto en los operativos de control de alcoholimetría de la Policía Municipal de Hermosillo, así lo informó el presidente de este organismo, Luis Fernando Rentería Barragán.

“Que no se tenga ninguna duda de que la CEDH estará presente en los operativos antialcohol no solo porque es nuestra obligación –así lo establece la propia ley que nos rige–, sino porque tenemos el deber de prevención en contextos como éste, en el que hay posibilidad de que se vulneren derechos”, destacó.

La participación de la Comisión en dichos operativos se circunscribe al cumplimiento de su función sustantiva: “vigilar, observar y proteger cualquier vulneración de derechos de las personas”, enfatizó.

En ese sentido, el presidente envió un mensaje a todas las personas que sean objeto de estos operativos: “Les digo con toda claridad que el trabajo de los y las visitadoras que estarán presentes en estos operativos será estar del lado de los ciudadanos ante un eventual incidente”.

La actuación de la Comisión en estos operativos se realizará siguiendo los parámetros establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en materia de control preventivo provisional, los cuales marcan que estos puntos de control tienen “límites claramente definidos para la actuación de la autoridad”.

La revisión de la autoridad deberá partir del consentimiento de las personas conductoras, de forma voluntaria y sin ningún tipo de coacción. “Si el agente de la Policía municipal precisa determinar si una persona se encuentra bajo los influjos del alcohol, solamente puede solicitarle información breve y hacer una revisión ocular superficial”, concretó el presidente.

Si en su caso se determina que existen indicios claros y objetivos de la ingesta de alcohol de la persona que conduce el vehículo, los elementos de la Policía deberán informar de la necesidad de que se practique una prueba de alcoholimetría, la cual no puede ser en ningun momento obligatoria.

Para la Comisión la seguridad vial no debe ser un motivo para la afectación de ningún tipo de derechos de las personas. Las medidas de carácter preventivo para proteger la vida y garantizar el orden público, en todo momento, deben tener como prerrequisito la actuación de la autoridad apegada a las normas constitucionales y legales que nos rigen.