“La mayoría de los trabajadores al servicio del Estado tiene su aguinaldo completo, no podríamos quitarle sus aguinaldos. Por la pandemia los altos funcionarios decidimos que voluntariamente íbamos a aportar para dejar nuestros aguinaldos”, dijo en la conferencia.

Este jueves la presidencia publicó un decreto en el que se expone cómo será la entrega de esta prestación a los servidores públicos.

El documento generó dudas sobre si el aguinaldo tendría recortes debido a la pandemia de COVID y los ahorros que el gobierno quiere generar.

Este viernes, en su conferencia matutina, el mandatario aseguró que el decreto publicado este jueves 5 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF) fue una formalidad para cumplir con los procedimientos legales.

Agregó que ya se estableció una disminución del aguinaldo solo para los altos funcionarios como son: jefes de departamento, director, subdirector, adjuntos, enlaces, director general, subsecretario y secretarios de Estado.

Estos funcionarios recibirán 20 días y no 40 de salario como aguinaldo. El presidente decidió donar su aguinaldo completo.

“El presidente cero (aguinaldo), luego 20 días para secretarios, todos van a recibir pero los altos funcionarios van a recibir menos, voluntariamente, si ellos desean aportar y el caso del presidente es el único que no va a recibir aguinaldo”, explicó.

Será voluntario el que los altos funcionarios decidan renunciar a esta prestación, aclaró el presidente.

Cuándo se entrega el aguinaldo

Los trabajadores de base tendrán un aguinaldo anual equivalente a 40 días de salario, y se pagará en dos exhibiciones: el 50% antes del 15 de diciembre y el otro 50% a más tardar el 15 de enero, señala el decreto.

Aunque la gran mayoría de los empleados de base del gobierno tendrán antes del 15 de noviembre su aguinaldo para que puedan usarlo en las compras del Buen Fin que se realizará del 9 al 20 de noviembre, debido a la pandemia de COVID.

De acuerdo al decreto quienes deben recibir el pago del aguinaldo son: servidores públicos de las Dependencias y Entidades; personal de confianza; personal de enlace y mando; así como el personal del Servicio Exterior Mexicano que se encuentre cumpliendo funciones en territorio nacional y el extranjero.

Militares en activo y personal contratado bajo el régimen de honorarios.